octubre 7, 2024

Abdo promulgará ley que excluye a Contrataciones de compras de Petropar

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Durante su recorrido por las instalaciones del Hospital Regional de Villarrica IPS, el mandatario Mario Abdo Benítez fue consultado si promulgaría la ley que exime de declaraciones juradas a los proveedores de Petropar y que exceptúa a la estatal de la ley de Contrataciones Públicas.

“Sí, yo normalmente no utilizo la herramienta del veto cuando hay una mayoría que se construye desde el Congreso, yo respeto el consenso, entonces, seguramente  vamos a evaluar desde el Ejecutivo, pero la herramienta del veto trato de usar de una forma muy extrema”, contestó el presidente de la República.

El senador Enrique Salyn Buzarquis defendió el cambio incorporado en la ley de Petropar, donde se saca del medio a Contrataciones Públicas, pero en compensación se exige la publicación mensual de la estructura de costos. Aseguró que su intención era buena.

El proyecto que se socializa bajo el rótulo de “eliminación de intermediarios” fue aprobado en el Senado con las modificaciones planteadas vía secretaría por el senador Enrique Salyn Buzarquis. El texto quedó así:

Artículo 1: Exceptúase a toda persona jurídica del exterior así como a sus directores, gerentes, socios, accionistas y similares, dedicada a la comercialización de hidrocarburos con debida experiencia probada, que participe de procesos de contrataciones  o que de algún modo  contrate con Petropar para la provisión de los combustibles derivados del petróleo y biocombusibles, de la aplicación de la ley 2051/2003 de Contrataciones Públicas y  6355 /2019 que modifica los artículos 1,3,4,7,13 y 21 de la ley que Reglamenta el artículo 104 de la CN, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los funcionarios públicos y amplía las disposiciones de la ley 2051/03 y sus modificaciones y normas respaldatorias

Asimismo, Petropar queda exceptuada de las obligaciones de la ley 6355/2019, respecto a los proveedores que contrate con esta, en relación al párrafo precedente

Artículo 2: Petropar deberá transparentar la estructura de costos de los productos combustibles derivados del petróleo y bicombustibles que adquiera en el marco de la presente ley, debiendo publicar los datos y contratos en su página web institucional, además de remitir al Congreso Nacional mensualmente la rendición de cuentas de las compras realizadas con la documentación que respalde cada operación.

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