Hasta el 11 de julio harán el reconocimiento de partidos y movimientos políticos
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Según lo establece la Ley Nº 834/96, del Código Electoral, Art. 21, luego de las tareas preparatorias por parte de los propiciadores y a los efectos de reconocimiento, el partido político en formación debió presentar hasta el 2 de marzo pasado ante el Tribunal Electoral competente y por intermedio de sus representantes, la solicitud de reconocimiento con datos descritos en el referido artículo.
La Dirección de Partidos y Movimientos Políticos de la Justicia Electoral cuenta con asesores y capacitadores que, de forma gratuita, acompañan los diversos procesos de reconocimiento para el cumplimiento en tiempo y forma, en el ámbito del Cronograma Electoral.
La tarea de acompañamiento es uno de los objetivos principales de la Dirección, que consiste en dar apoyo ante las necesidades y dudas que presente cada agrupación política. Así también, brindar asistencia y orientación en los procesos de trabajo con los partidos políticos en tiempos no electorales.
Las agrupaciones políticas pueden contactar con la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos de la Justicia Electoral a través del 6180-573 / 6180-344, o mediante el correo electrónico