Diputado Galeano se abstiene de declarar ante CBI

Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo, contra su cónyuge o contra la persona con quien está unido de hecho, ni contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad inclusive. Los actos ilícitos o la deshonra de los imputados no afectan a sus parientes o allegados
Así lo expresa el artículo 18 de la Constitución Nacional, sobre las restricciones de la declaración, invocado por la defensa del diputado Erico Galeano, ante la Comisión Bicameral de Investigación del Congreso, para no contestar la lluvia de preguntas del titular, Jorge Querey.
El abogado Cristóbal Cáceres, explicó que Galeano está siendo investigado por la Unidad de Delitos Económicos de la Fiscalía, ante cuya instancia entregó todas las documentaciones que les fueron requeridas.
Los documentos en poder del Ministerio Público son hoy objeto de estudio con otras instituciones. En total hay 64 tomos bajo análisis. Debido a esto, y por tratarse de los mismos temas, el diputado resolvió excusarse de declarar, ya que los datos pueden ser obtenidos por los conductos correspondientes.
Añadió también que el diputado no tiene a su cargo ninguna institución como se menciona en el requerimiento de información de la CBI.